El Instituto Nacional de la Seguridad Social establece el tiempo estándar de incapacidad para cada diagnóstico:
- En los trastornos de ansiedad por condición fisiológica conocida, el tiempo de incapacidad es de 60 días.
- Para los trastornos de ansiedad fóbica sin un origen específico y para los trastornos de pánico sin agorafobia, el permiso estándar es de 45 días.
- En el trastorno de ansiedad generalizada y otros trastornos de ansiedad especificados o no especificados, el permiso puede ser de 30 días.
- Para el trastorno adaptativo con ansiedad, o con ansiedad y depresión, el tiempo estándar es de 15 días.
Criterios de Incapacidad Permanente por Trastorno de Ansiedad
Dado que la ansiedad es una enfermedad mental, se concede la incapacidad total por ansiedad a aquellas personas que necesitan cierta agilidad mental y nivel de concentración por su profesión. Hay cientos de profesiones que necesitan agilidad mental y concentración para su desempeño: conductor profesional, policía local, técnicos eléctricos, comerciales, gerentes y consultores, arquitectos, médicos, abogados, contadores, y un sin fin de profesiones más.
En resumen; si se necesita concentración y agilidad mental, no seremos capaces de ejercer nuestra profesión si sufrimos ansiedad. Por tanto, se concederá la incapacidad permanente total.
¿Cuál es la duración de la baja por estrés laboral?
Para empezar, la baja por depresión (que puede ser provocada por ansiedad y/o estrés) tiene un máximo de 12 meses consecutivos. No obstante, si el médico de familia o el médico de la mutua considera que hay que prorrogarlo, se puede prorrogar otros 6 meses. Si después de estos 6 meses “extra” el trabajador continúa incapacitado, el caso debe ser estudiado por un Tribunal Médico y se le puede otorgar incapacidad permanente.
Como ya hemos dicho, el trabajador que necesite solicitar una baja por estrés debe acudir al médico para que éste lo examine y determine si está en condiciones de solicitar una baja médica, y si se trata de contingencias comunes o profesionales.